Aliá y Ley del Retorno en Israel
La Ley del Retorno (1950) es una de las bases principales del Estado de Israel y refleja el derecho histórico del pueblo judío a inmigrar al país y obtener la ciudadanía.
A lo largo de los años, la ley ha sido modificada y ampliada, y hoy también se aplica a familiares en distintos grados.
Junto con este derecho amplio, existen normas estrictas e interpretaciones legales diversas que determinan quién tiene derecho a hacer aliá, en qué condiciones y qué documentos se requieren.
Marco legal y jurisprudencia
La ley define como “beneficiario” a un judío, su cónyuge, hijos o nietos.
Con el tiempo surgieron preguntas legales sobre la definición de “judío”, el reconocimiento de conversiones realizadas fuera de Israel y el estatus de las parejas del mismo sexo.
Los tribunales han aclarado que también en la Ley del Retorno la autoridad debe actuar conforme a los principios del derecho administrativo: considerar las circunstancias personales, evitar la discriminación y decidir con razonabilidad y justicia.
Artículos principales
El artículo 4A permite que los nietos de judíos hagan aliá, incluso si no son judíos según la ley religiosa.
El artículo 4B se aplica a quienes se han convertido al judaísmo y establece que, si su conversión es reconocida, pueden inmigrar a Israel.
La interpretación de estos artículos a veces genera conflictos con el Ministerio del Interior, sobre todo por la autenticidad de los documentos o el reconocimiento de conversiones no ortodoxas.
Procedimiento práctico
El derecho a la aliá se ejerce presentando una solicitud en las embajadas o consulados de Israel en el extranjero, o directamente ante el Ministerio del Interior en Israel.
El proceso incluye la entrega de documentos originales, certificados de nacimiento y matrimonio, documentos religiosos y, en algunos casos, opiniones de rabinos o expertos.
A menudo aparecen dificultades: pedidos de documentos antiguos imposibles de obtener, diferencias entre certificados o rechazos por conversiones realizadas fuera del marco ortodoxo.
Representación legal
En estos casos, el procedimiento puede volverse legal más que administrativo.
Las decisiones pueden apelarse ante el Tribunal de Apelaciones de Inmigración, mediante recursos administrativos o incluso ante la Corte Suprema (Bagatz).
El despacho del abogado Marco M. Chiguala acompaña a sus clientes en los procesos de aliá y Ley del Retorno, combinando conocimiento jurídico y experiencia práctica ante la Autoridad de Población e Inmigración.
El despacho prepara el expediente, responde a exigencias excepcionales o rechazos y representa a los solicitantes ante las autoridades y tribunales cuando es necesario.